Decreto N° 1304/98

Publicado en el Boletin Oficial N° 29.020

Buenos Aires, 5 de noviembre de 1998

Créase la Subsecretaría de Comunicaciones

VISTO los Decretos Nros. 245/96 y sus modificatorios, y 1620/96

y CONSIDERANDO:

Que por el primero de los decretos citados en el Visto se creó la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por Decreto Nº 1620/96 se sustituyeron los objetivos de la aludida Secretaría y se aprobó su estructura organizativa.

Que de acuerdo al Decreto Nº 1185/90 modificado por sus similar Nº 80/97, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES es un ente descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que ante la concesión del servicio oficial de correo, por Decreto Nº 840/97 se dispuso la liquidación de la ex - EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS S.A.

Que atento a la sobrecarga de trabajo que recae en el área derivada especialmente de la implementación del Plan de Liberalización de las Telecomunicaciones, la transformación del sector postal y la implementación diversos programas tendientes a promover el uso y acceso a la Red Internet para todos los argentinos, es necesario crear en su ámbito la SUBSECRETARIA DE COMUNICACIONES.

Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 15 de la Ley Nº 24.938.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º- Créase en dependencia de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de la PRESIDENCIA DE LA NACION la SUBSECRETARIA DE COMUNICACIONES, de acuerdo con el Organigrama y Objetivos que como Anexos I y II, integran el presente decreto.

Artículo 2º - Asígnase al señor Presidente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION rango de subsecretario.

Artículo 3º - La SECRETARIA DE COMUNICACIONES de la PRESIDENCIA DE LA NACION elevará dentro del término de CIENTO VEINTE (120) DÍAS SU PROYECTO DE NUEVA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA.

Artículo 4º - Modifícase la Distribución Administrativa del Presupuesto de la Administración Nacional - Recursos Humanos - de la Jurisdicción 20 - PRESIDENCIA DE LA NACION según la planilla que como Anexo III integra el presente decreto. Artículo 5º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM - Jorge A. Rodriguez. - Roque B. Fernández.