La AADAT se encuentra abierta para todos los profesionales de distintas disciplinas que estén interesados en las relaciones entre el derecho y las nuevas tecnologías. Los asociados gozan de los siguientes beneficios:

Tendrán la posibilidad de ser protagonistas en la elaboración, discusión, análisis y concreción de iniciativas legislativas que armonicen las relaciones del hombre con la alta tecnología, mediante su participación personal o virtual en los Institutos.

Poseerán el libre acceso a la información actualizada sobre doctrina, legislación y jurisprudencia nacional e internacional relacionada con la materia.

Podrán publicar obras y trabajos relativos a materias de su especialidad , en el sitio web y en los boletines que edite la asociación.

Actualizarse permanentemente con las últimas novedades recibiéndolas en su casilla de correo en forma diaria.

CATEGORÍAS DE ASOCIADOS MIEMBROS ACTIVOS:

Para revestir esta calidad es necesario investir el carácter de abogado o su equivalente conforme el origen del país y se aceptado por el Consejo Directivo de la Asociación. Quienes posean esta calidad podrán participar con voz y voto en las asambleas, postularse y ser elegidos para integrar los órganos sociales, todo ello cuando tengan una antigüedad mínima de 2 años; gozar de los beneficios que otorga la entidad; y además podrán integrar los comités arbítrales, consultivos y/o todos los que estime necesario crear el Consejo Directivo Haga clic aquí AQUI para la solicitud de miembro activo.

MIEMBROS ADHERENTES: Son todos aquellos asociados que no reúnan las cualidades para ser asociado activo y que sean aceptados por el Consejo Directivo. Esta categoría de asociados tendrá derecho a voz, pero no a voto, y no podrán postularse ni ser elegidos para integrar los órganos sociales.- Haga clic AQUÍ para la solicitud de miembro adherente.

MIEMBROS BECADOS : Serán los que revistan la calidad de estudiantes universitarios, no mayores de 25 años , a quienes se le reduzca o exima del pago de cuota social conforme decisión del Consejo Directivo.- Los miembros becados podrán participar con voz pero sin voto en las asambleas; no podrán postularse, ni ser elegidos para integrar los órganos sociales; y no podrán integrar los comités arbítrales o consultivos, a excepción de los especialmente creados para ellos, por el Consejo Directivo.- Tendrán el derecho de que se les exima o reduzca el pago de la cuota social, por decisión del Consejo Directivo.- Haga clic AQUI para la solicitud de miembro becado.