INFORME
REALIZADO POR LA COMISIÓN REDACTORA SPAMM
El auge de Internet
en nuestra sociedad, y su acceso cada vez más fácil en diversos
ámbitos, importan una serie de beneficios que hace muy poco tiempo
atrás no imaginábamos. Paralelamente, estos avances han generado
un abanico de problemas para los usuarios que no tienen aún cobertura
jurídica adecuada. Una de las herramientas de uso masivo más extendido
que generó Internet es el correo electrónico o e-mail.
Gracias a la posibilidad
de comunicación inmediata, "sin fronteras" y de muy simple utilización,
es el elemento que en mayor medida colaboró a extender de forma
vertiginosa la utilización de la red, sobre todo por usuarios no
especializados en temas o actividades informáticas, pero que de
manera rápida y ágil se compenetraron con el uso del e-mail. Sin
embargo, así como importó un gran avance en materia de comunicaciones,
por otro lado el correo electrónico es el vehículo principalmente
utilizado para transmitir elementos en sí mismo nocivos como los
"virus informáticos", o nocivos por el contexto en el que se remiten
y reciben como el "spam".
En el presente informe
nos hemos avocado a tratar la última problemática mencionada, es
decir la generada a partir del correo comercial no solicitado llamado
también "correo basura" , "la chatarra del ciberespacio" y más conocido
por su nombre en inglés "Spam", que hoy se ha convertido en una
de las mayores molestias para los usuarios de la red. La palabra
"spam" se originó en Estados Unidos, pues tal era el nombre de un
producto alimenticio (carne enlatada) que no requería refrigeración,
característica que hacía que estuviera en todas partes, al igual
que el correo electrónico no solicitado, razón por la cual el término
era utilizado en forma exagerada y graciosa en una comedia llamada
"Monty Pyton".
Técnicamente, se utiliza
la definición spam para denominar al correo electrónico, de tipo
comercial o publicitario, no solicitado por el receptor . Los proyectos
de leyes anti - Spam se han ido reproduciendo a lo largo de todo
el mundo, pues los inconvenientes que genera el spam no están dados
sólo por las molestias que conlleva el leer algo que no interesa
en absoluto al receptor, sino también por los problemas de tipo
materiales que implican la pérdida de tiempo y de la capacidad de
almacenamiento en las PC de los usuarios, utilizando así el remitente
o "spammer" recursos de otros para transmitir su publicidad o información
comercial.
Salvo que los títulos
de los mensajes sean muy obvios, el usuario siempre debe perder
tiempo en abrir el correo y leerlo para advertir que es un "spam",
sin contar -además- el que debe perder para bajar la información
ante el aumento del volumen de los mensajes.
través del "Spam"
se vende publicidad no deseada, que obliga al receptor a pagar por
recibirla, porque el usuario paga por el servicio de Internet y
además, según el caso, por el uso de la línea telefónica para realizar
su conexión . El mecanismo utilizado por los spammers -verdaderos
comerciantes virtuales-, es muy sencillo: envían el mismo correo
electrónico en forma simultánea a distintas direcciones extraídas
de enormes listados de usuarios. En la mayoría de los casos, el
usuario no proporciona su dirección de e-mail, sin embargo recibe
este tipo de correo. Según un estudio de la Unión Europea, cada
día se envían 500 millones de mensajes masivos o correo comercial
no solicitado (spam) que constituye el 30 por ciento del total de
los mails que circulan por las redes. Aunque la practica del "spam"
es casi tan antigua como Internet, su desmesurado crecimiento y
su enfoque comercial la han convertido en una amenaza para el correcto
funcionamiento de la red. Una encuesta realizada durante el año
1999 por Gartner, en Estados Unidos, señalaba que el 74 por ciento
de los usuarios creen que las ISPs son las responsables de solucionar
el problema del spam. Por ello, una de las practicas defensivas
del consumidor es identificar la fuente del correo no solicitado
para solicitar al proveedor de acceso la cancelación de la cuenta
del spammer. Pero estas críticas a veces son infundadas, ya que
los primeros interesados en resolver el problema del "spam" son
los propios proveedores de acceso y las compañías que ofrecen servicio
de correo web, ya que el increíble volumen de correos electrónicos
que circulan día a día por la red frecuentemente colapsa los servidores
y retarda el tráfico de datos. Además, el costo de los correos electrónicos
no solicitados es soportado por los ISP (Internet Service Provider)
en su mayor parte. Cada mensaje le cuesta dinero al ISP por el uso
de los servidores, uso de los canales de comunicación, las horas
adicionales del personal, el equipo dañado, la productividad y oportunidades
de negocio perdidas; costos que a su vez son en muchos casos trasladados
a los usuarios. Tanto los ISP, como las compañías que ofrecen servicio
de correo web como "yahoo", "Hotmail", "Mail.com", etc. trabajan
en el desarrollo de herramientas que permitan identificar los correos
no deseados antes de que lleguen al buzón del usuario. Los spammers
utilizan los recursos de otros (redes locales, ISPs, etc.) para
publicitarse gratis, perjudicando tanto al usuario como al ISP.
Pero si consideramos individualmente a cada Spam, podemos decir
que los perjuicios que ocasiona el recibir un correo comercial no
solicitado en forma esporádica son pequeños, tan solo hay que enviar
los mensajes a la papelera y siempre resultan inferiores a los costos
de perseguir al culpable. Este es el pilar sobre el que se apoyan
los spammers y lo que aún los mantiene a salvo: que el costo unitario
por usuario es ínfimo, pero su conjunto es muy perjudicial para
el funcionamiento de la Red. Este presumible interés de los usuarios
es lo que ha dado lugar al nacimiento de la publicidad consentida.
Analizando la escasa jurisprudencia internacional que hoy existe
sobre el abuso del correo electrónico, encontramos que la mayor
parte de los juicios ha sido iniciado por ISP, por servidores de
correo y un mínimo porcentaje por usuarios de correo electrónico.
Es difícil que un
usuario haga frente a los gastos e incomodidades que la realización
de un proceso judicial puede acarrearle para combatir el Spam. Mucho
mas fácil es notificar al ISP para que le clausure la cuenta, o
utilizar un software de filtrado. Por otra parte, hay muchos servidores
de correo que aún no se han animado a iniciar acciones judiciales,
en aquellos estados cuya legislación prohíbe o regula el spam. La
defensa que, en general, oponen quienes se encuentran a favor de
la remisión de éste tipo de correos electrónicos, es que diariamente
se envía por correo tradicional, por fax y hasta por teléfono, publicidad
comercial (impresa o no) indiscriminadamente, sin requerir autorización
alguna por parte de quien la recibe. Ello, si bien es cierto, pues
todos hemos recibido alguna vez publicidad comercial por correo
tradicional, tiene una diferencia fundamental con el denominado
"spam". Esta diferencia está dada especialmente en el costo económico
que uno y otro tipo de remisión de publicidad genera. La publicidad
remitida por correo tradicional, o por teléfono es costeada íntegramente
por el remitente. Por el contrario, el spam invierte la relación
costos-beneficio, en tanto cambia de puesto los costos de publicidad
del remitente al receptor.
El costo de cada mensaje
publicitario enviado por medios electrónicos, así como los de réplicas
de los mismos, es transferido, directa o indirectamente, a los usuarios
y a los proveedores de servicios de Internet. A través de este proyecto
se pretende controlar la proliferación de este material por la Red,
en especial cuando no es deseado. La publicidad comercial es una
actividad perfectamente legítima, que se encuentra en nuestro país
protegida por la Constitución Nacional que consagra el derecho a
ejercer toda industria lícita. Pero el ejercicio de una industria
lícita implica cargar con los costos para obtener los beneficios
comerciales previstos. No puede hablarse de industria lícita cuando
quien "la ejerce" abusa de los derechos de terceros evitando todo
gasto y obteniendo todo el beneficio económico. Por eso no se trata
de prohibir expresamente la publicidad por e-mail, sino de proteger
a aquél usuario que no tiene interés en recibir, y menos pagar,
por publicidad no solicitada. Resulta hoy imprescindible, contar
con una ley que regule, con carácter general, la publicidad por
correo electrónico sin autorización por parte del receptor. Esta
Comisión de estudio convocada por la Secretaría de Comunicaciones
de la Nación, ha analizado como antecedente del anteproyecto que
se ha elaborado, las distintas leyes que contemplan esta problemática
y los proyectos que se encuentran pendientes de aprobación en el
Congreso de los Estados Unidos y la situación en Europa. Asimismo
ha realizado un estudio detallado de la jurisprudencia existente
en los distintos Estados de Norteamérica.
SITUACIÓN EN LOS
ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA
Leyes Federales
No existe ningún proyecto de legislación sobre spamming aprobado
en la actualidad. Sin embargo fueron presentados varios de estos
proyectos (en el Congreso 106, celebrado durante el periodo legislativo
1999-2000 y en el Congreso 107, celebrado durante el periodo legislativo
2001-2002) que se encuentran pendientes de aprobación, a saber:
Unsolicited Comercial
Electronic Mail Act of 2000 (H.R. 3113): Esta norma requeriría que
los mensajes de correo electrónico con carácter comercial estuviesen
identificados en sus encabezados como tales, con el fin de que los
destinatarios puedan identificar los mismos a simple vista utilizando
un formato estandarizado que incluya las instrucciones para que
el destinatario pueda solicitar volver o no a recibir este tipo
de correo ( cláusulas:"opt-out"- "opt-in"). Prohibiría la información
falsa en la ruta de estos mensajes. También prohibiría la utilización
de los recursos de los proveedores de servicios con el fin de enviar
correo comercial no solicitado, cuando las políticas de los proveedores
de servicios estuviesen claramente expuestas en los sitios web.
Este proyecto ha sido presentado por Heather Wilson el 20 de octubre
de 1999 y examinado por la Cámara de Representantes del 23 de marzo
al 18 de julio de 2000. Actualmente, está bajo consideración en
el Senado, en su versión actualUnsolicited
Comercial Electronic Mail Act of 2001 que lleva la numeración H.R.95,
presentado por Gene Green. Se exigiría la identificación "clara
y visible" de los mensajes de correo comercial no solicitado. Pero
a diferencia del proyecto anterior no requeriría a los emisores
utilizar un formato estandarizado de identificación. Asimismo legitima
a los usuarios particulares y a los ISPs a exigir reparación de
daños hasta 50.000 dólares. Esta iniciativa ya ha pasado por las
Subcomisión de Internet, Telecomunicaciones y de Comercio y Energía.
Controlling the Assault
of Non-Solicited Pornography and Marketing Act of 2000 (S. 2542).
Este proyecto acompaña el anteriormente citado. Fue presentado por
el Senador Conrad Burns el 11 de mayo de 2000. También requiere
que los remitentes de los mensajes comerciales no solicitados, provean
a los mismos de la cláusula "opt-out" y que acaten las peticiones
de este tipo. Prohíbe el uso de rutas falsas en estos mensajes y
prohibiría también la venta o la distribución del software diseñado
para falsificar la información de rutas.
Anti Spamming Act
of 2001 (HR 1017) Enmienda el código criminal federal disponiendo
penas criminales para quien intencionalmente inicie la transmisión
del correo electrónico no solicitado conociendo que el mensaje contiene
una información falsa del remitente. Asimismo prohíbe la venta o
la distribución de software que permita enviar mensajes con las
características antedichas.
Can Spam Act of 2001
( S 630) Presentado por los Senadores Conrad Burns y Ron Wyden,
prohíbe el envío de correo comercial electrónico no solicitado con
información falsa del remitente. El control seria efectuado por
la Comisión Comercial Federal y los ISPs que podrán reclamar 10
dólares por cada correo ilegal.
Can Spam Act of 2000
(H.R. 2162) Fue presentado por el Senador Gary Miller el 10 de junio
de 1999 y prohíbe usar recursos de un proveedor de servicios para
enviar correo no solicitado en violación de las políticas de los
proveedores, quienes podrán accionar contra los spammers, reclamando
50 dólares por mensaje hasta 25.000 dólares por día. También impone
sanciones penales por el uso no autorizado del nombre de dominio
de un tercero para mandar mensajes de correo electrónico, cuando
se cause daño a un ordenador o a una red.
E-Mail User Protection
Act (H.R. 1910) Ley de Protección del usuario de e-mail. Este proyecto
fue presentado por el Senador Gene Green el 24 de mayo de 1999 y
convierte en ilegal el envío de correos a granel no solicitado bajo
un remitente falso, una dirección de correo, un número de teléfono,
un dominio o cualquier otra información de ruta falsa y la venta
o distribución de cualquier tipo de software diseñado para falsificar
dicha información. Además los remitentes de este tipo de correo
deberán incluir en el contenido de los mismos cláusulas opt-out.
Inbox Privacy Act
of 1999 (S. 759) Fue presentada por los Senadores Frank H. Murkowski
y Torricelli el 25 de marzo de 1999 y prohíbe el envío del correo
electrónico no solicitado a quien ha elegido no recibir este tipo
de mensajes. Los usuarios que no quieran recibir este tipo de correo
electrónico, deberán notificar de esta circunstancia a la Comisión
Comercial Federal y a los ISPs. Requiere que los mensajes comerciales
de correo electrónico no solicitados, incluyan domicilio físico
y virtual (dirección electrónica) del mismo y su numero de teléfono.
Asimismo deben contener instrucciones para utilizar las cláusulas
de opt-out y otra información de ruta que permita identificar claramente
al remitente del correo. Los ISPs deberán mantener y hacer publica
la lista de clientes que no quieran recibir correo electrónico no
solicitado. Y finalmente autoriza a la Comisión Comercial Federal
a investigar y hacer cumplir las disposiciones de esta ley.
Internet Freedom Act
(H.R. 1686) Ley de libertad en Internet, fue presentada por el Senador
Bob Goodlate el 5 de mayo de 1999. Prohibiría el envío de correo
electrónico no solicitado con datos falsos acerca del e-mail del
emisor, el nombre de dominio de la empresa o cualquier otra información
falsa, así como la distribución del software necesario para falsificar
dicha información. v Internet Growth and Development Act of 1999
(H.R. 1685) Ley de desarrollo y crecimiento de Internet, fue presentada
por el Senador Rick Boucher el 5 de mayo de 1999 y convertiría en
ilegal el uso de los proveedores de servicios para enviar correos
comerciales no solicitados a los suscriptores de éstos, en violación
de sus políticas. Un proveedor podría demandar a un emisor de estos
mensajes sólo si el remitente tiene conocimiento de su política.
La Ley también consideraría ilegal enviar correo comercial no solicitado
con dirección u otra información falsa, como asimismo el uso del
software que permita falsear la información.
Netizens Protection
Act of 1999 (H.R. 3024) Fue presentada por el Senador Christopher
Smith el 5 de octubre de 1999 y requiere que todos los correos no
solicitados contengan el nombre del remitente, la dirección física
y electrónica y las cláusulas opt-out. Prohíbe que el contenido
del "tema" en el encabezado del correo sea falso y además requiere
que los ISPs informen bien a sus usuarios de sus políticas al respecto.
Sólo en este caso estarían habilitados para demandar a los remitentes
de este tipo de correos en caso de resultar perjudicados.
Protection Against
Scams on Seniors Act of 1999 ( H.R. 612) Presentado por el Senador
Robert A. Weygand el 4 de febrero de 1999 y Telemarketing Fraud
and Seniors Protection Act ( S. 699), presentada por el Senador
Ron Wyden el 24 de marzo de 1999. Ambas leyes incluyen disposiciones
que autorizan al FTC para regular la publicidad en Internet, incluyendo
la transmisión y recepción de los correos comerciales no solicitados,
como asimismo una campaña para educar a los jubilados e informar
sobre los peligros del fraude del telemarketing y del fraude por
Internet. La sección 201 extendería el delito de fraude criminal,
al fraude realizado vía comunicación Internet. La Sección 202 ordenaría
a la Comisión Comercial Federal a iniciar rulemarking para aplicar
las leyes a quienes realicen actos o practicas engañosas que afecten
el comercio de los Estados Unidos en relación con la promoción,
anuncio, ofertas para ventas o venta de mercancías o de servicios
con el uso de Internet, incluyendo el envío, la transmisión y el
recibo de correo electrónico comercial no solicitado.
Wireless Telephone
Spam Protection Act of 2001 (H.R. 113) . Fue presentada por Rush
Holt en septiembre de 2000 y prohibiría el uso de los sistemas inalámbricos
para el envío de anuncios no solicitados. El 3 de enero de 2001
pasó por la Comisión de Comercio y Energía.
Leyes Estatales
Varios son los Estados
en U.S.A. que han legislado el Spam en forma especifica, o bien
lo han incluido de alguna manera en su legislación. Se ha analizado
la siguiente legislación referida al Spam:
Arkansas Si bien este
estado no ha decretado la legislación del Spam, encontramos un estatuto
que prohíbe el hostigamiento por E-mail .
California Este Estado
aprobó California Business and Professions Code, el 26 de septiembre
de 1998, por el cual los mensajes comerciales no solicitados de
correo electrónico deben incluir: ü Un numero de teléfono gratuito
o una dirección de correo electrónico para que el receptor pueda
notificar que no desea que le sigan enviado más mensajes no solicitados.
ü La información del remitente, dato que al igual que el anterior
debe ser verdadero. ü Identificación de este tipo de mensajes en
el principio de la línea del "asunto" . Además, cuando se trate
de mensajes con contenido sexual prohibido para menores de edad,
debe contener la palabra "adulto" en el asunto. La misma ley dispone
que el proveedor de servicios de correo electrónico, cuyas políticas
respecto de la publicidad no solicitada enviada por correo electrónico
sean violadas, podrá iniciar una acción civil para reclamar una
indemnización monetaria por los daños y perjuicios sufridos por
dicha violación, o una indemnización de cincuenta dólares ( 50$)
por cada mensaje de correo electrónico enviado o distribuido en
violación de la ley, hasta un máximo de veinticinco mil dólares
( 25.000 $) diarios, correspondiendo aplicar la suma que resulte
mayor. Es requisito previo de la acción, que el proveedor de servicios
de correo electrónico previamente a la violación alegada, demuestre
haber notificado fehacientemente al demandado sobre sus propias
políticas de publicidad no solicitada enviada por correo electrónico.
Colorado: Colorado
Junk Email Law Este Estado aprobó la "Ley del estado de Colorado
en materia de Correo electrónico comercial no solicitado" el 3 de
junio de 2000 . Esta ley prohíbe el envío de mensajes de correo
electrónico comercial no solicitado que no revele la dirección real
del remitente de dicho correo, como asimismo cualquier información
falsa sobre el encaminamiento del mensaje, o la utilización de una
dirección de Internet o el nombre de dominio de un tercero sin el
consentimiento de éste. Igualmente introduce la obligación de identificar
estos mensajes, en el "asunto" excepto cuando: o Se trate de una
organización que utiliza el corre electrónico exclusivamente para
comunicarse con sus miembros o Se trate de una organización que
utilice el correo electrónico para comunicarse exclusivamente con
sus empleados o contratistas, o ambos o Cuando exista una relación
comercial actual o anterior con el receptor del mensaje Al igual
que la Ley de California, prohíbe el envío de mensaje de correo
electrónico comercial no solicitado que no provea un mecanismo que
posibilite que sus receptores se puedan eliminar fácilmente y sin
costo alguno de las listas de direcciones de correo electrónico
del remitente de manera tal que queden excluidos de futuros mensajes.
Finalmente esta ley establece la posibilidad de iniciar la acción
civil por daños y perjuicios contra quién viole sus disposiciones,
tanto por parte de la persona que recibe un mensaje de correo electrónico
comercial no solicitado, como por todo proveedor de servicios de
correo electrónico cuya red o facilidades hayan sido utilizadas
en la transmisión o en la tentativa de transmitir un mensaje de
correo electrónico comercial no solicitado. La parte a favor de
la cual se pronuncie la sentencia- siempre que no sea quien originó
el mensaje- tendrá derecho a recibir una indemnización por daños
y perjuicios, sin importar que haya sufrido o no una perdida o perjuicio
financiero. Además de dicha indemnización, tendrá derecho a cobrar
como parte de la sentencia una multa por la suma de 10 $ por cada
mensaje de correo electrónico comercial no solicitado transmitido
en violación a las disposiciones de la ley.
Idaho: Unfair Bulk
Electronic Mail Advertisement Practices Contiene disposiciones sobre
las practicas desleales relacionadas con la publicidad masiva por
correo electrónico. Dispone que toda persona que utilice un servicio
informático interactivo para iniciar o causar el envío o la transmisión
de cualquier publicidad masiva por correo electrónico, deberá proporcionar
una dirección de correo electrónico que se pueda identificar fácilmente,
a la cual el receptor pueda enviar un pedido para que no le remitan
más dicha correspondencia. Considera ilegal: ü el uso de nombre
real o de fantasía de un tercero en la dirección de respuesta sin
permiso del tercero, al enviar o transmitir cualquier publicidad
masiva por correo electrónico ü falsear cualquier información que
posibilite identificar el punto de origen del recorrido de la transmisión
del correo masivo de publicidad ü la falta de información que permita
identificar el punto de origen del recorrido de la transmisión de
correo electrónico masivo de publicidad ü enviar o trasmitir publicidad
masiva por correo electrónico, luego de pasados los 5 días de haber
recibido el pedido realizado por un receptor para que no se le envíe
dicha publicidad Confiere al receptor la opción de accionar judicialmente
por los daños y perjuicios ocasionados o bien reclamar una indemnización
de cien dólares ( 100 $) por cada publicidad masiva recibida por
correo electrónico, que viole las disposiciones de la ley, o la
suma de mil dólares (1.000$), la que sea mayor. Los responsables
del servicio informático no responderán por el bloqueo o acción
de impedir la recepción o la transmisión de cualquier publicidad
masiva a través de su sistema que pueda considerarse, de manera
razonable, que viola las disposiciones de la ley.
Nevada : Liability
of Persons who Transmit Items of Electronic Mail That Include Advertisements
. Este Estado regula la Responsabilidad de las personas que transmiten
mensajes de correo electrónico que incluye publicidad. Establece
que quien transmite a un receptor un mensaje de correo electrónico
que incluya publicidad o causa dicha transmisión, es responsable
por los daños y perjuicios causados al receptor, a menos que: ·
El receptor haya aceptado expresamente recibir el mensaje o el mismo
sea obtenido en forma voluntaria a través de un bulletin board electrónico.
· La publicidad sea fácilmente identificable como promocional o
contenga una frase que aclare que se trata de publicidad y además
en forma clara y visible contenga también el nombre legal, el domicilio
completo y la dirección de correo electrónico del emisor, con instrucciones
para que el receptor pueda optar por no recibir mas dichos mensajes.
El receptor podrá reclamar una indemnización por los daños y perjuicios
ocasionados o por la suma de 10 dólares (10$) por mensaje recibido,
correspondiendo aplicar la suma que resulte mayor, además del pago
de los honorarios y de las costas. Se exime de responsabilidad a
los proveedores de acceso a la red que, como parte de dicho servicio
transmite mensajes de correo electrónico en nombre de los usuarios,
a menos que incluya publicidad que el proveedor haya preparado o
haya hecho preparar.
Oklahoma El Estado
de Oklahoma prohíbe el envío de un mensaje de correo electrónico,
cuando sabe o tiene motivos para saber que: ü Falsea alguna información
referida a la identificación del punto de origen o del trayecto
de transmisión del mensaje. ü No contiene información que identifique
el punto de origen o el trayecto de transmisión del mensaje. ü Contiene
información falsa, maliciosa o engañosa que daña a una persona ya
sea en forma dañosa o negligente. Quien envíe un mensaje en cualquiera
de las condiciones expuestas precedentemente, está sujeto a una
sanción civil de hasta quinientos dólares ( 500 $). ,Dispone que
los actos citados con anterioridad serán, además, considerados violaciones
a la Ley de protección al Consumidor del Estado de Oklahoma. Asimismo
prohíbe la venta o distribución de software que sea diseñado con
el fin de facilitar o posibilitar la falsificación de información
relacionada con la transmisión de correo electrónico u otra información
relacionada con el encaminamiento. Tanto el receptor como los proveedores
del servicio de correo electrónico, pueden reclamar el pago de una
indemnización por los daños y perjuicios ocasionados por el envío
de un mensaje que contraríe las disposiciones de la ley, incluyendo
el termino "daños y perjuicios" el lucro cesante pero no estará
limitado al mismo. Cuando se trate del receptor, éste podrá optar
por percibir la suma de diez dólares ( 10$) por cada uno de los
mensajes de correo electrónico masivo no solicitado, o la suma de
veinticinco mil dólares ( 25.000 $) diarios, correspondiendo aplicar
la suma que resulte menor. El receptor no tiene derecho a accionar
contra el proveedor de servicios de correo electrónico que simplemente
transmita el correo ilegal a través de su red informática. Cuando
se trate del proveedor de servicios, éste tendrá la misma opción,
excepto que corresponderá aplicar la suma que resulte mayor. A pedido
de las partes intervinientes, el tribunal puede conforme a su criterio,
llevar adelante los procedimientos legales en forma tal que se proteja
el secreto y la seguridad de la computadora, la red informática,
los datos informáticos, los programas informáticos y el software
informático involucrado a fin de evitar la posibilidad de que otra
persona incurra en el mismo acto u otro similar y también con el
fin de proteger cualquier secreto comercial de las partes.
Lousiana El Estado
de Lousiana considera ilegal el uso de una computadora, una red
informática o de los servicios informáticos de un proveedor de servicios
de correo electrónico para la transmisión de correo electrónico
masivo no solicitado, sin autorización o violando las políticas
establecidas por el proveedor de servicios de correo electrónico.
No considera correo electrónico masivo no solicitado, al realizado
por parte de una organización a sus miembros, ni la transmisión
de correo electrónico no comercial. Asimismo prohíbe: ü El uso de
una computadora o una red informática sin permiso, con la intención
de falsificar o adulterar de cualquier modo información referente
a la transmisión de correo electrónico u otra información referente
al encaminamiento que esté relacionada con la transmisión de correo
electrónico masivo no solicitado. ü La venta o distribución de software
diseñado o producido con el fin de facilitar o posibilitar la falsificación
de información relacionada con la transmisión de correo electrónico
u otra información relacionada con el encaminamiento. Dispone asimismo
una multa que no podrá superar los cinco mil dólares ( 5.000) a
quien viole las disposiciones citadas precedentemente.
Washington Este Estado
prohíbe el correo electrónico no solicitado o engañoso que: ü Lleve
el nombre de dominio de Internet o de un tercero sin permiso del
tercero, o que de cualquier otro modo falsee o esconda cualquier
información que posibilite identificar el punto de origen del recorrido
de la transmisión del mensaje de correo electrónico comercial. ü
Contenga información falsa o engañosa en la línea del asunto. Fija
la indemnización a percibir por el receptor de un mensaje de correo
electrónico comercial que viole las disposiciones citadas anteriormente,
en la suma de quinientos dólares (500 $) o la suma que corresponda
conforme los daños y perjuicios ocasionados, correspondiendo aplicar
la que resulte mayor. Asimismo, fija la indemnización a percibir
por el proveedor del servicio de correo electrónico, en la suma
de mil dólares ( 1.000$) o la suma que corresponda conforme a los
daños y perjuicios ocasionados, correspondiendo aplicar la que resulte
mayor entre ambas. Determina que constituye una violación a la ley
de protección al consumidor, ayudar en la transmisión de un mensaje
de correo electrónico comercial, sabiendo o evitando concientemente
saber, que quien origina el mensaje de correo electrónico comercial
esta involucrado, o tiene intención de involucrarse en cualquier
acto o practica que viole la ley de protección al consumidor. Finalmente
dispone el derecho del proveedor del servicio de correo electrónico
a bloquear la recepción y/o transmisión de cualquier correo electrónico
comercial que considere razonablemente que es o será enviado violando
las disposiciones citadas. El proveedor de servicios no puede ser
considerado responsable por ninguna acción llevada a cabo voluntariamente
y de buena fe para bloquear la recepción o transmisión a través
de su servicio de correo electrónico comercial, si considera razonablemente
que es o será enviado en violación de las disposiciones nombradas.
Connecticut: An Act
Prohibiting Unauthorized Use of a Computer and Other Computer Offenses.
El 23 de junio de 1999 se aprobó la ley que prohíbe el uso no autorizado
de una computadora y otros delitos informáticos " la misma a través
del Articulo N° 1 considera ilegal que una persona utilice una computadora
o red informática sin autorización y con la finalidad de adulterar
o falsificar información referente a la transmisión de correo electrónico
u otra información referente al encadenamiento que esté relacionada
con la transmisión de correo electrónico masivo no solicitado a
través de una red informática o hacia una red informática de un
proveedor de servicios de correo electrónico o a sus abonados. Asimismo
prohíbe la venta y distribución de software diseñados o producido
con el fin de facilitar o posibilitar la falsificación de información
relacionada con la transmisión de correo electrónico u otra información
relacionada con el encadenamiento del trafico. El receptor puede
demandar por los daños y perjuicios ocasionados - solo al spammer
, no al proveedor de servicio de correo electrónico, que simplemente
transmita el correo a través de su red informática. O puede optar
por percibir la suma de diez dólares ( 10$) por cada uno de los
mensajes de correo electrónico masivo no solicitado o la suma de
veinticinco mil dólares ( 25.000 $) diarios, correspondiendo aplicar
la que resulte menos, además de los honorarios de los abogados y
las cotas del juicio. En el caso del proveedor de servicios, éste
tiene la misma opción, excepto que corresponderá aplicar la suma
que resulte mayor, además de los honorarios de los abogados y las
cotas del juicio. A pedido de las partes intervinientes, el tribunal
puede. conforme a su criterio, llevar adelante los procedimientos
legales en forma tal que se proteja el secreto y la seguridad de
la computadora, la red informática, los datos informáticos, los
programas informáticos y el software informático involucrado a fin
de evitar la posibilidad de que otra persona incurra en el mismo
acto u otro similar y también con el fin de proteger cualquier secreto
comercial de las partes. Dispone la ley que el Fiscal General, actuando
en nombre del estado, puede iniciar una acción ante el tribunal
superior del distrito judicial en el que se haya cometido la violación
de cualquiera de las disposiciones del articulo N° 1 para hacer
cumplir sus disposiciones, con el fin de obtener para las personas
que resultaran afectadas una compensación. Ello no limita el derecho
de la persona afectada a iniciar una acción privada. Por ultimo
fija la prescripción de la acción civil en el plazo de dos años
a contar desde el momento en que se cometió el acto.
Delaware La legislación
aprobada el 23 de junio de 1999, incorporó a su ley penal los artículos
937 y 938, por los cuales dispone que una persona será culpable
del delito informático de enviar correo electrónico no solicitado
o no autorizado cuando: ü Sin autorización, intencionalmente o imprudentemente
distribuya correo electrónico comercial masivo no solicitado. ü
Se utilice una computadora o red informática sin permiso con la
intención de falsificar o adulterar de algún modo la información
referente a la transmisión del correo electrónico masivo no solicitado.
ü Venda, dé o distribuya software diseñado o producido para facilitar
o posibilitar la falsificación de información relacionada con la
transmisión de correo electrónico u otra información relacionada
con el encaminamiento. ü No interrumpa rápidamente el envío de comunicaciones
electrónicas comerciales cuando así se lo hayan solicitado. Disponiendo
además que todo correo electrónico comercial deberá contener instrucciones
para que el destinatario pueda solicitar al remitente la suspensión
o interrupción de mensajes de correo electrónico comercial. No se
considerarán culpables de delito informático: ü Cuando el receptor
haya solicitado la información enviada. ü Cuando la comunicación
se efectúe entre una organización y sus miembros. ü Cuando exista
una relación comercial preexistente. Y finalmente, esta ley dispone
que ningún proveedor de servicios será considerado responsable por
bloquear la recepción o la transmisión de correo electrónico masivo
no solicitado que se efectúe a través de su servicio, siempre que
considere que el correo es o será enviado violando las disposiciones
citadas precedentemente, o desconecte el servicio que le brinda
a quien viole la citada ley.
Iowa El 26 de mayo
de 1999, este Estado aprobó la legislación por la cual se prohíbe
el envío de correo electrónico masivo cuando: ü Se utilice el nombre
de un tercero como domicilio electrónico de respuesta, sin el permiso
del tercero. ü Se falsee alguna información respecto de la identificación
del punto de origen del trayecto de transmisión del mensaje de correo
electrónico. ü No se incluya información que permita identificar
el punto de origen o el trayecto de transmisión. ü Cuando se trate
de publicidad no solicitada, no contenga una dirección de correo
electrónico para que el receptor pueda solicitar que no le envíen
mas publicidad. ü Continuar con el envío de publicidad no solicitada
aun con posterioridad a los 5 días de haber recibido del receptor
el pedido de suspensión del envío de este tipo de correo. No se
considera correo electrónico comercial no solicitado a los efectos
de esta ley, al enviado por una organización a sus miembros o a
una organización similar, ni a aquellos a los que el receptor accede
a través de un bulletin board electrónico. Cuando resulte damnificado
el proveedor del servicio informático interactivo, éste podrá reclamar
a quien utilizó sus facilidades sin autorización, una indemnización
por los daños y perjuicios efectivamente ocasionados, mas los honorarios
de sus abogados y costas, o bien optar por percibir la suma de diez
dólares ( $ 10) por cada uno de los mensajes de correo electrónico
masivo no solicitado transmitido en violación de la ley o la suma
de veinticinco mil dólares ( $ 25.000), la que resulte mayor. Esta
ley considera que una persona no tiene autorización cuando utiliza
los servicios informáticos de un proveedor de servicios de correo
electrónico para transmitir correo electrónico masivo no solicitado
en contravención de la autorización que le fuera otorgada o en violación
de las políticas establecidas por el proveedor de servicios de correo
electrónico, siempre que previamente haya sido notificado fehacientemente
de dichas políticas. Además de todo otro recurso, el receptor puede
solicitar también al tribunal que prohíba al demandado transmitir
al receptor todo tipo de mensajes de correo electrónico que incluyan
publicidad. Finalmente citamos las excepciones dispuestas en los
siguientes casos: ü Cuando un proveedor de servicio transmite correo
electrónico en nombre de sus usuarios como parte del servicio de
acceso a la red informática. ü Cuando la condición de un proveedor
de acceso gratuito a un servicio de correo electrónico sea que los
usuarios reciban publicidad no solicitada. ü El proveedor del servicio
informático interactivo no es responsable por un acto llevado a
cabo voluntariamente y de buena fe para bloquear o impedir la recepción
y la transmisión de todo mensaje de correo electrónico comercial
realizada a través de sus sistema, y que pueda considerar de manera
razonable que viola la ley.
Illinois El Estado
de Illinois aprobó su legislación el 22 de julio de 1999 por la
cual considera ilegal enviar mensajes de correo electrónico comerciales
no solicitado: ü Utilizando una dirección de correo electrónico
de un tercero sin el correspondiente permiso de éste. ü Conteniendo
información falsa de encaminamiento. ü Conteniendo en el asunto
información falsa o engañosa. Prohíbe también este Estado, la distribución
de software diseñado para falsificar la información de encaminamiento.
El receptor de un mensaje de correo electrónico no solicitado que
viole la ley, podrá optar en lugar de percibir una indemnización
por los daños y perjuicios ocasionados por percibir la suma de diez
dólares ($ 10) por cada mensaje no solicitado o la suma de veinticinco
mil dólares ($ 25.000) diarios, correspondiendo aplicar la que resulte
menor. Si se trata de un proveedor de servicios, este tendrá la
misma opción, pero corresponderá aplicar la suma que resulte mayor.
Asimismo, la ley dispone que el proveedor de servicios de correo
electrónico podrá por propia iniciativa, bloquear la recepción o
la transmisión que se efectúe a través de su servicio de correo
electrónico de todo mensaje publicitario no solicitado, siempre
y cuando considere razonablemente que él mismo es o será enviado
en violación a la ley del estado. El Estado de Illinois ha dictado
una ley por la cual considera que una persona que falsea o falsifica
cualquier información referente al encaminamiento de un correo electrónico
masivo no solicitado, comete el delito de manipulación informática.
Missouri El Estado
de Missouri decretó el 27 de junio del 2000 una ley por la cual
los mensajes de correo electrónico comerciales no solicitados deben
contener la información de contacto (numero telefónico gratuito
o una dirección de correo electrónica válida ) y las instrucciones
para que el receptor pueda solicitar que no le envíen mas este tipo
de mensajes. Se considera una practica comercial ilegal ayudar en
la transmisión de un mensaje de correo electrónico comercial cuando
quien provee la ayuda sabe o conscientemente evita saber que quien
inicio el mensaje participa o tiene la intención de participar en
un acto o practica que viola la ley. Ayudar en la transmisión no
se refiere a la transmisión de un mensaje de correo electrónico
comercial que efectúa una empresa de telecomunicaciones o un proveedor
de servicios de Internet, siempre que los mismos simplemente transporten
dicha transmisión a través de su red. Asimismo determina la ley,
que la indemnización por daños y perjuicios que le corresponde al
receptor de un mensaje de correo electrónico comercial que viole
la ley del estado, es de quinientos dólares ( $ 500) o una suma
equivalente a los daños causados, correspondiendo aplicarse la que
resulte mayor. De tratarse de un proveedor de servicio la indemnización
por daños es de mil dólares ( $ 1.000) o una suma equivalente a
los daños causados, correspondiendo aplicar la que resulte mayor.
Ningún prestador de servicio de correo electrónico será responsable
por ninguna acción llevada a cabo voluntariamente y de buena fe
para bloquear la recepción o la transmisión de un mensaje de correo
electrónico que se efectúe a través de su servicio si considera,
razonablemente, que es o será enviado violando la ley.
Carolina del Norte
Este Estado aprobó el 25 de junio de 1999 la legislación por la
cual se prohíbe la identificación falsa con la intención de engañar
o estafar al receptor o de falsificar de cualquier modo, información
referente a la transmisión de correo electrónico comercial u otra
información referente al encaminamiento que esté relacionada con
la transmisión de correo electrónico comercial masivo no solicitado
a través de una red informática o hacia una red informática de un
proveedor de servicios de correo electrónico o sus abonados. A quien
viola esta disposición se lo considera culpable del delito de intrusión
informática, agravándose la pena en relación con los daños causados.
Toda persona que sufra un perjuicio derivado de la transmisión de
correo electrónico comercial masivo no solicitado, puede iniciar
la acción civil reclamando los daños y perjuicios reales o bien
optar entre percibir la suma de diez dólares ( 10 $) por cada uno
de los mensajes de correo electrónico comercial masivo no solicitado,
o la suma de veinticinco mil dólares ( 25.000 $) la que sea menor.
En el caso que el damnificado sea un proveedor de servicio de correo
electrónico, éste tendrá la misma opción pero corresponderá aplicar
la suma que sea mayor. En ambos casos podrán exigir además el pago
de los honorarios profesionales de los abogados y las costas del
juicio. No se puede demandar al proveedor de servicios de correo
electrónico que simplemente transmita el correo electrónico comercial
masivo no solicitado a través de su red informática.
Pennsylvania: El estado
de Pennsylvania en su legislación aprobada el 13 de junio del 2000,
que introduce modificaciones al Titulo 18 (Delitos Penales) de las
Leyes Consolidadas del Estado, considera a Internet como un medio
cada vez más valioso para la comunicación que los niños usan con
fines de esparcimiento y educación, teniendo muchos de ellos acceso
a cuentas de correo electrónico., debiendo por tanto protegerlos
de los materiales sobre sexo explicito que se comercializan a través
de los mensajes no solicitados de correo electrónico. Por lo expuest,
es que la ley del Estado dispone que los mensajes comerciales no
solicitados de correo electrónico con contenido sexual explícito
deberán llevar la correspondiente identificación al principio del
Asunto .
Maryland El Estado
de Maryland no ha legislado sobre Spam, pero si tiene disposiciones
que tratan el hostigamiento por correo electrónico y también sobre
publicidad no solicitada a través de fax .
Rhode Island La legislación
aprobada en este Estado el 3 julio de 1999, prohíbe enviar correo
electrónico masivo no solicitado: ü Con información falsa sobre
su encaminamiento. ü Utilizando una dirección de coreo electrónico
de un tercero sin su consentimiento. ü Usando un proveedor de servicio
violando las políticas de éste. ü Sin las instrucciones y la información
de contacto - numero de teléfono gratuito o una dirección de correo
electrónico válida- para que el receptor pueda solicitar que no
le envíen mas estos mensajes comerciales no solicitados. ü Cuando
ya ha recibido notificación por parte del receptor de que no desee
recibir documentación no solicitada. Prohíbe también la distribución
y venta de software diseñado o producido para facilitar falsear
la información de encaminamiento. La persona que resulte damnificada
por la transmisión de correo electrónico masivo no solicitado, además
de reclamar el pago de los honorarios profesionales de sus abogados
y las costas del juicio, puede optar entre recibir una indemnización
por los daños y perjuicios efectivamente ocasionados o percibir
la suma de quinientos dólares ( 500$) por cada uno de los mensajes
de correo electrónico masivo no solicitado transmitido en violación
a la ley, hasta un máximo de veinticinco mil dólares diarios ( 25.000
$), correspondiendo aplicar la suma que resulte menor. La persona
damnificada no tiene derecho a iniciar una acción contra el proveedor
de servicios de correo electrónico que simplemente transmita el
correo electrónico masivo no solicitado a través de su red informática.
Si en cambio, el damnificado es el proveedor del servicios de correo
electrónico, éste podrá exigir además del pago correspondiente a
honorarios y costas, una indemnización por los daños y perjuicios
ocasionados u optar entre una indemnización equivalente a quinientos
dólares ( 500$) por cada uno de los mensajes ilegales transmitidos
en violación a la ley, hasta un máximo de veinticinco mil dólares
diarios ( 25.000 $), correspondiendo aplicar la suma que resulte
mayor. A pedido de las partes intervinientes, el tribunal puede
conforme a su criterio, llevar adelante los procedimientos legales
en forma tal que se proteja el secreto y la seguridad de la computadora,
la red informática, los datos informáticos, los programas informáticos
y el software informático involucrado a fin de evitar la posibilidad
de que otra persona incurra en el mismo acto u otro similar y también
con el fin de proteger cualquier secreto comercial de las partes.
Tennessee Este Estado
aprobó el 17 de junio de 1999 la legislación que regula la "Publicidad
no solicitada enviada por medios electrónicos" , por la cual los
mensajes de correo electrónico comerciales masivos no solicitados
deben incluir: ü Un numero telefónico gratuito o una dirección de
correo electrónico a donde el receptor pueda llamar o enviar un
mensaje para notificar que no desea que le sigan mandando documentación
no solicitada. ü La información verdadera de contacto. ü La identificación
en el Asunto , agregándole asimismo en el mismo si se trata de contenido
prohibido para menores "adult" (adulto). Asimismo se prohíbe: ü
La distribución de software diseñado o producido para posibilitar
falsificar la información de encaminamiento o cualquier otra requerida.
ü El uso sin permiso del proveedor del servicio, cuando éste lo
haya prohibido expresamente. ü El envío de correo electrónico una
vez recibida la notificación del receptor en la que solicita no
recibir mas documentación no solicitada. Dispone asimismo la Ley
del Estado de Tennessee que la persona damnificada puede optar entre
percibir una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados
o a) la suma de diez dólares ( $ 10) por cada uno de los mensajes
de correo electrónico masivo no solicitado, b) la suma de cinco
mil dólares diarios ( 5.000 $) correspondiendo aplicar la suma que
resulte menor. La persona damnificada no tiene derecho a iniciar
una acción contra el proveedor de servicios de correo electrónico
que simplemente transmita el correo electrónico masivo no solicitado
a través de su red informática. Dispone también la ley que si el
damnificado es un proveedor de servicios, tendrá la misma opción,
pero deberá aplicarse la suma que resulte mayor. A pedido de las
partes intervinientes, el tribunal puede conforme a su criterio,
llevar adelante los procedimientos legales en forma tal que se proteja
el secreto y la seguridad de la computadora, la red informática,
los datos informáticos, los programas informáticos y el software
informático involucrado a fin de evitar la posibilidad de que otra
persona incurra en el mismo acto u otro similar y también con el
fin de proteger cualquier secreto comercial de las partes.
West Virgina En 13
de marzo de 1999, el Estado de Virginia aprobó la legislación por
la cual prohíbe el envío de correo electrónico masivo no solicitado
cuando: ü Falsee alguna información que posibilite identificar el
punto de origen o el trayecto de transmisión. ü Contenga información
falsa o engañosa en la línea del Asunto. ü No incluya la fecha y
hora del envío del mensaje, la identidad de la persona que lo envía
y una dirección de correo electrónico a la que se pueda responder
el mensaje. ü Contenga "contenidos sexuales explícitos" . El proveedor
del servicio puede bloquear la recepción o la transmisión de correo
electrónico masivo que se efectúe a través de su servicio cuando
considere razonablemente que es enviado o será enviado violando
las disposiciones de la ley. Tiene también la facultad de desconectar
o terminar el servicio que le brinda a una persona que envíe correo
electrónico masivo en violación a la ley citada. Ningún servicio
informático interactivo es considerado responsable por llevar a
cabo voluntariamente y de buena fe alguna acción tendiente a bloquear
la recepción o la transmisión de correo electrónico masivo que se
realice a través de su servicios, cuando razonablemente considere
que es enviado, o será enviado, incurriendo en violación de la ley,
como asimismo cuando desconecte el servicio que le brinda a una
persona que incurre en la misma violación. Tampoco será responsable
el proveedor de servicio informático interactivo, por el mero hecho
de transmitir un mensaje de correo electrónico masivo a través de
su red. La ley también prohíbe la distribución o venta de software
diseñado para posibilitar la falsificación de información. Quien
recibe un mensaje de correo electrónico masivo no solicitado prohibido
por la ley, puede reclamar el pago de una indemnización por los
daños y perjuicios ocasionados u optar entre una indemnización mínima
equivalente a mil dólares ( 1.000$). Asimismo en el supuesto de
que no se suspenda voluntariamente el envío de mensajes de correo
electrónico masivo no solicitados podrá reclamar además una indemnización
punitoria. Si en cambio, quien sufre el perjuicios es un proveedor
de servicios informáticos interactivos, puede reclamar el pago de
una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados que incluya
el lucro cesante (sin estar limitado al mismo) u optar por percibir
una indemnización de diez dólares ( 10 $) por cada uno de los mensajes
de correo electrónico masivo no autorizados o la suma de veinticinco
mil dólares diarios (25.000 $) la que resulte mayor.
LA SITUACIÓN EN
LA UNIÓN EUROPEA
El Spam o publicidad
no deseada enviada por correo electrónico ( bombardeo publicitario
como lo denomina la Unión Europea), proviene en su inmensa mayoría
de Estados Unidos. Sin embargo, dado que es un fenómeno que se ha
ido incrementando en los últimos años, no podemos dejar de observar
los pasos que, en materia de regulación, ya están se están dando.
Legislación Comunitaria:
Se ha comenzado a perfilar una postura en cuanto a la regulación
del spamming, dentro de una normativa que gira alrededor del comercio
electrónico:
Directiva 2000/31/CE
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio relativa a determinados
aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información,
en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva
sobre el comercio electrónico). Los Considerandos 30 y 31 de esta
propuesta de Directiva exponen que el envío de comunicaciones comerciales
no solicitadas pueden no resultar deseables para los consumidores
y prestadores de servicios, así como trastornar el buen funcionamiento
de las redes interactivas. Por ello, los Estados deberán garantizar
una serie de condiciones en caso de permitir mediante sus propias
legislaciones que este tipo de comunicaciones no se consideren ilícitas.
Todo ello se ve expuesto en el artículo 7 de la propuesta de Directiva
el cual se expresa en los siguientes términos: Artículo7: Comunicación
comercial no solicitada 1. Además de otros requisitos establecidos
en el Derecho comunitario, los Estados miembros que permitan la
comunicación comercial no solicitada por correo electrónico, garantizarán
que dicha comunicación comercial facilitada por un prestador de
servicios establecido en su territorio sea identificable de manera
clara e inequívoca como tal, en el mismo momento de su recepción.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en las Directivas 97/7/CE y 97/66/CE,
los Estados miembros deberán adoptar medidas para garantizar que
los prestadores de servicios que realicen comunicaciones comerciales
no solicitadas por correo electrónico, consulten regularmente las
listas de exclusión voluntaria ("opt-out") en las que se podrán
inscribir las personas físicas que no deseen recibir dichas comunicaciones
comerciales, y las respeten.
Directiva 97/66/CE
del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de diciembre de 1997
relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección
de la intimidad en el sector de las telecomunicaciones: Se refiere
a las comunicaciones masivas no solicitadas. En su artículo 12°,
se protege a los usuarios de las "llamadas no solicitadas" para
fines de venta directa.
Directiva 97/7/CE
del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 1997, relativa
a la protección de los consumidores en materia de contratos a distancia,
se aplica en lo que pueda implicar en caso de uso del correo electrónico,
por ejemplo, en la negociación del contrato. Además, los contratos
negociados a distancia se caracterizan por la utilización de una
o más técnicas de comunicación a distancia, utilizadas sin que se
dé la presencia simultánea del proveedor y del consumidor.
Directiva 95/46/CE
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995,
relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos. Considerando que se recurre cada vez más en la Comunidad
Europea al tratamiento de datos personales en los diferentes sectores
de actividad económica y social y que el avance de las tecnologías
de la información facilita considerablemente el tratamiento y el
intercambio de dichos datos. v
Dictamen 1/2000 sobre
determinados aspectos de protección de datos del comercio electrónico
y Dictamen 7/2000 Privacidad en Internet. El Grupo de Trabajo en
el primer Dictamen, manifestó que el problema para el ciudadano,
es la inclusión en una lista de su dirección de correo electrónico
sin su consentimiento o conocimiento, la recepción de grandes cantidades
de mensajes publicitarios no deseados y el costo del tiempo de conexión.
Propuesta de Directiva
del Parlamento Europeo y del Consejo, presentada en julio de 2000
relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección
de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas
. Aunque los miembros han llegado a un acuerdo sobre el contenido
general de la directiva, no han logrado ponerse de acuerdo en el
punto relativo al Spam. Entre los Estados miembros existen dos posturas
sobre el tratamiento jurídico del spam, mientras que unos están
a favor del "opt in" ( el usuario no puede recibir correo electrónico
no solicitado con fines de venta directa si no ha dado su consentimiento
previo) otros defienden el "opt out" ( las empresas pueden enviar
el correo electrónico con fines publicitarios, a no ser que el nombre
del usuario aparezca en una lista de exclusión o que éste pida que
no se le siga enviando).
Reino Unido, Francia,
Luxemburgo e Irlanda están a favor del opt out. Francia y Luxemburgo
habían solicitado un período de transición de cuatro años durante
el cual los estados miembros que lo desearan podrían aplicar el
opt out.
En España no existe
norma vigente que prohíba el uso del spamming como técnica comercial,
o simplemente que castigue su uso. Pero sin embargo, el nuevo Anteproyecto
de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio
Electrónico de abril de 2001 se prohibiría de forma expresa la publicidad
comercial a través de correo electrónico no solicitado. Los primeros
borradores de la normativa autorizaban el spam siempre que los mensajes
incluyeran en el asunto las palabras 'publicidad' o su abreviatura
'publi'. Además, se contemplaba la posibilidad de que el usuario
se diera de alta en una lista de exclusión voluntaria o 'lista Robinson',
de manera que los prestadores de servicios estarían obligados a
su consulta para no enviar publicidad no solicitada a los usuarios
que así lo decidieran. El Ministerio de Ciencia y Tecnología ha
tenido en cuenta las demandas de las asociaciones de consumidores
y ha redactado un nuevo modelo normativo, en el cual será el usuario
de Internet el que deba tomar la iniciativa si desea recibir publicidad
por 'e-mail', siguiendo de esta forma la tendencia de los países
europeos de ilegalizar el spam.
JURISPRUDENCIA
EN MATERIA DE CORREO ELECTRÓNICO NO SOLICITADO
Analizaremos a continuación
los casos más relevantes, diferenciando aquellos que han sido iniciados
por los Proveedores de Servicios de Internet y/o de correo electrónico,
de los que han sido iniciados por los usuarios finales.
Casos iniciados
por proveedores de servicios
CASO KEPNET.COM Julio
de 1999 Corte de menor Cuantía. California Kris Rallapalli, dueño
de la empresa "KEPNET. COM" Proveedor de Servicios de Internet,
descubrió en mayo de 1999 una inusual cantidad de mensajes de correos
electrónicos saliendo de sus redes. Supuso que algún spammer estaba
utilizado su servicio de correo electrónico para enviar correo no
solicitado. Pero luego de una investigación detallada descartó esta
posibilidad y tras una ardua tarea de seguimiento descubrió que
un nuevo usuario estaba usando la conexión para enviar el spam usando
su propio servidor de correo. Apoyándose en la ley vigente desde
el 1 de enero de 1999 que prohíbe en el Estado de California enviar
correo no solicitado llevó el caso a una Corte de menor cuantía.
Sostuvo en su demanda, que había notificado al spammer sobre la
ilegalidad de su conducta sin obtener resultado alguno. La Corte
resolvió a favor del ISP, condenando al demandado a abonar una indemnización
por los daños ocasionados mas la prohibición de utilizar el servicio
de Internet del actor a los efectos de transmitir correo comercial
no solicitado.
Rusnet Inc. vs. Benjamin
and Randall Bawkon Corte de Distrito de Michigan (Eastern Michigan)
A diferencia de la mayoría de los casos en los cuales los ISP reclaman
a los spammers el uso de sus equipos y sistemas para la transmisión
de los correos electrónicos no solicitados, en este caso, Rust Net
(Isp), inicia la acción porque los spam de los demandados contienen
una dirección de respuesta de su empresa y ello daña su reputación
y causa la perdida de clientes. Benjamin Bawkon (de 16 años de edad)
y su padre enviaron cientos de miles de e emails promocionando una
forma de hacerse ricos. Estos no utilizaron las redes ni los servidores
de RUSNET INC para enviar el spam. Pero los mails contenían una
dirección de correo electrónico que era MOEY @Rust.net. Esta dirección
obtenida mediante la practica del spoofing, causo daño en la reputación
de Rust Net, haciéndole perder al menos cincuenta de sus clientes.
Rusnet Inc. ha obtenido una medida cautelar que impide que los demandados
continúen con la practica mencionada y se encuentra a la espera
del resultado del proceso definitivo.
Typhoon Inc. Vs. Kentech
Enterprises Corte de Distrito del Distrito Central de California.
Septiembre de 1997 El actor, un ISP japonés, demandó a Kentech Enterprises
por utilizar sus sistemas hackeandolos para enviar cientos de piezas
de spam. El caso fue resuelto determinando que el demandado debía
pagar al actor 5.000 dólares por los daños ocasionados. En mayo
de 1997, Kentech Enterprises hackeó el servidor de mail del actor
y envió aproximadamente 13.000 piezas de correo electrónico a los
usuarios de AOL. Cuando más de 30 de esos mensajes volvieron a Typhoon
como no recibidos por los destinatarios, éste intentó regresar los
mensajes a la dirección de retorno. Pero esa dirección no era valida.
Los mensajes eran enviados a la cuenta del administrador de Typhoon.
Estos mensajes publicitaban servicios ofrecidos por uno de los demandados.
A los pocos días el servicio del actor fue otra vez hackeado y enviaron
esta vez 24.000 piezas de spam. Este reaccionó frente al ataque
poniendo un software de filtrado de spam. Los días siguientes este
software fue bloqueado por 5.000 tentativas de acceso su servidor
de mail. A los pocos días su servidor de mail recibió 2.000 mensajes
devueltos conteniendo una dirección de Typhoon inexistente. Tras
una investigación se descubrió que estos mensajes publicitaban artículos
del demandado y la dirección para responder era de un dominio correspondiente
al demandado. Es decir los emails eran supuestamente enviados desde
una dirección de correo electrónico cuyo servidor era el actor,
cuando en realidad dicha dirección no existía. Para poder hacerlo
hackeaban el servidor del actor. Typhoon instaló todo tipo de filtros
para evitar spam y diferenciarlo de otros e mails legítimos. Ante
el fracaso de sus acciones, inició acciones legales contra Kentech,
sosteniendo que ésta realizaba acceso no autorizado y uso de sus
equipos para enviar spam, lo que es una violación del Acta de Privacidad
de las Comunicaciones Electrónicas 18 Usc. Argumentó además, que
el spoofing cometido por los demandados, al utilizar una falsa designación
y falsa descripción, crea la impresión al público en general de
que el spam proviene de Typhoon. Además realiza reclamos por apropiación
ilegal del equipo y sus facilidades como así también de su nombre
de dominio. El actor gana el juicio obteniendo una indemnización
de 5000 dólares, mas la prohibición del demandado de utilizar los
servicios del actor en cualquier mail enviado, ni direcciones del
actor ya sea en una dirección existente, o colocando la palabra
Typhoon en la dirección de respuesta o retorno.
Matthew l. Seidl vs.
Greentree Mortgage Company Corte de Distrito de Colorado 1997. En
esta acción el actor, dueño del nombre de dominio "localhost.com",
reclama daños compensatorios y punitivos bajo la Ley de Protección
al Consumidor del Estado de Colorado y de Invasión de privacidad,
por haber utilizado el demandado una dirección de correo electrónico
de retorno falsificada en los spams que enviada. Alega el actor,
que la dirección de e mail de su administrador es Nobody@ localhost.com,
que Greentree realizó spoofing sobre el nombre de su dominio para
enviar spam, motivo por el cual inicia el juicio. El demandado sabía
que no tenia derecho a utilizar el nombre de dominio del actor y
podía saber que ese nombre de dominio estaba registrado a nombre
del actor.
Cyberpromotions Inc.
vs. America Online.
America on line vs.
Cyberpromotions Inc. Corte de Distrito de Pennsylvania, Noviembre
de 1996 Cyberpromotions inicia juicio a AOL en mayo de1996 ante
una corte de distrito de Pennsylvania, acusando a AOL de enviar
email bombs a todos los ISP de Cyber, lo que ocasionó que al menos
dos de los servidores finalizaran el contrato con CYBER PROMOTIONS.
Esta inició acción incluyendo daños por violación al Computer Fraud
and Abuse Act y a la legislación del Estado, por interferencia con
sus relaciones contractuales y competencia desleal. Catorce días
mas tarde, AOL inicia juicio contra CYBER alegando dilución de la
marca, competencia desleal, falsa designación de origen, falso aviso,
violación del Acta de Protección al Consumidor, al Acta de Privacidad
en las Comunicaciones Electrónicas y una variedad de violaciones
a normas federales y estatales. Esta cuestión es iniciada ante la
corte de Virginia. Cyber se amparó en la primera enmienda, alegando
que tenia derecho a enviar el spam a los miembros de AOL, ya que
a pesar de que ésta es una compañía privada, tiene una función publica
al proveer a sus miembros con el correo electrónico y conducir los
mails. Afirma que como AOL colecta, envía y distribuye los emails
para uso publico, convierte a AOL en un servidor publico. La corte
rechazó esta defensa, argumentando que el servicio ofrecido por
AOL no era un ejercicio de ningún poder municipal ni un servicio
publico esencial, sino que es solo una de las múltiples compañías
privadas que brindan acceso a sus miembros a Internet y proveen
un sistema de email. Que eso constituiría un servicio publico, solo
en el caso de estar abierto al publico en general, sin cargo, pero
no es el caso dado, ya que para acceder a los servicios de AOL hay
que suscribirse y pagar. Además, Cyber tiene muchas rutas alternativas
para enviar sus publicidades a los miembros de AOL, por ejemplo
a través de la www que permite el acceso de todos los usuarios,
incluso de los usuarios de AOL, o a través de telemarketing, televisión,
cable, periódicos revistas etc. La decisión de AOL de bloquear la
publicidad de Cyber a sus miembros no viola la primera enmienda.
La Corte decidió que Cyber no tiene derecho de ampararse en la primera
enmienda enviando correo electrónico no solicitado a los miembros
de AOL, y por lo tanto ésta puede bloquear los intentos de Cyber.
Compuserve Inc. vs.
Cyber Promotions and Sanford Corte de distrito de Ohio. 1996 Luego
del caso de AOL, Compuserve inició juicio contra Cyberpromotions
y su presidente. Compuserve luchó contra los spams de Cyberpromotions
durante meses antes de iniciar la acción. Luego de recibir quejas
de clientes y cancelaciones de servicio por la cantidad de spam
que recibían y por el efecto que el spam enviado por Cyber causaba
en las operaciones de su sistema, Compuserve intimó a Cyber a cesar
y desistir de enviar spam a sus suscriptores. En lugar de cumplir
con la intimación, Cyberpromotions incrementó el volumen de spam
enviado a los clientes de Compuserve. Compuserve intentóbloquear
este Spam instalando filtros. Cyber a través de spoofing y reconfiguraciones
de servidores logró violar estos filtros. Luego de obtener una orden
temporaria que prohibía a Cyber usar las cuentas de Compuserve,
tanto como sus equipos o servicios para enviar o recibir email y
prohibió, además, a Cyber realizar spoofing con direcciones de retorno
de Compuserve. Esta inicio una acción solicitando la prohibición
permanente para Cyber de enviar spam a cualquier dirección de correo
electrónico mantenida por Compuserve. El reclamo de Compuserve era
un simple pedido fundado en que el spamming y el spoofing practicado
por Cyber violaba la propiedad personal de los equipos de Compuserve.
En su defensa Cyber insistió en que ellos tenían derecho de continuar
enviando el spam a los clientes de Compuserve. El juez encontró
que Cyber había cometido accesos ilegales en los sistemas de Compuserve,
porque no tenia posesión de los equipos de Compuserve y había hecho
uso de los mismos, porque el spam era intermediado por los equipos
de Compuserve resultando una perdida de dinero del equipo porque
reducía la capacidad de los sistemas y recursos disponibles por
los suscriptores de Compuserve. Además se perjudicaba su reputación.
La defensa de Cyberpromotions basó su defensa en 2 argumentos: 1.
que Compuserve les había dado efectivo consentimiento a sus usuarios
para usar el sistema ya que el servicio de email les permite recibir
mensajes de personas de afuera de Compuserve mediante Internet.
Pero el juez estableció que si bien esto es cierto, no es aplicable
a este caso ya que Compuserve expresamente limita ese consentimiento
a través de su política que prohíbe spaming y porque Cyber sabia
que Compuserve no quería recibir spam y que a tal fin había instalado
filtros para bloquear el spam. 2. El otro argumento fue el reclamo
al derecho de enviar spam basado en la libertad de expresión sostenida
por la primera enmienda. Comparando a Compuserve con un servicio
de correo postal, como un actor de tipo estatal, como lo había intentado
en el caso de AOL.. El juez lo rechazó. La sentencia prohíbe a Cyber
enviar spam al sistema de Compuserve, prohibiendo el spoof y el
envío de spam a cualquier suscriptor de Compuserve. También lo condena
a pagar 65.000 dólares a Compuserve como indemnización por daños.
Earthlink Networks
vs. Cyber Promotions California. Corte de Los Ángeles. 1998 Earthlink,
proveedor de servicios de California, inicia juicio a Cyber para
ponerlo fuera del servicio de spam. Inicia la acción conteniendo
la violación a normas federales y estatales, entre ellas al Acta
de Privacidad en las Comunicaciones Electrónicas, al Acta de Computer
Fraude and Abuse, y por comisión de los delitos de robo, conversión
y acceso no autorizado de las leyes estatales. Cyber denegó responsabilidad.
En Mayo de 1998 la sentencia fue totalmente favorable para Earthlink.
Cyber tenia que pagar a Earthlink U$S 1.000.000 y si en el futuro
el presidente de Cyber reiniciaba cualquier actividad relacionada
con Internet tenia que avisar por escrito a Earthlink de su intención.
Estos factores pusieron a Cyber fuera del mercado.
Casos iniciados
por usuarios
Caso Wilcox vs. North
Star Inc. -Freeservers.com- Corte de Menor Cuantía de Missouri.
Enero de 2001. Wilcox tenía un sitio con Freeservers.com. No tenía
un sitio gratuito porque no quería los anuncios en su pagina web.
Por causa del pobre servicio otorgado, canceló su cuenta y borró
la pagina web. Esto suponía la terminación de las noticias de email
y newsletters que solo se enviaban a miembros. Pero estas seguían
recibiéndose. El actor envió mensajes al sitio de los demandados
notificando que ya no tenia ninguna cuenta con ellos, pero no recibió
ninguna contestación. Envió mensajes a la dirección de e mail de
Freeservers. Com, acusando de abuso, tanto a la dirección del administrador
del sitio como a la dirección de Internet. Pero ninguno de sus mails
fue respondido ni cesó de llegar el correo no solicitado. Finalmente
consiguió averiguar quien era la firma propietaria de Freeservers
y le inicio juicio en una corte de pequeños reclamos. En el Estado
de MISSOURI es ilegal enviar correo no solicitado sin la cláusula
opt out. Los correos recibidos por el actor no la contenían. Los
daños son valuados legalmente por U$S 500 por mail o los daños probados,
lo que sea mayor. El actor optó por reclamar los U$S 500, reclamando
por los cinco mensajes recibidos después de haber avisado que iniciaría
recursos legales. La Corte condenó al demandado al pago de la indemnización
solicitada, la cual se hizo efectiva en mayo del corriente año.
Caso Mengler vs. Newport
Internet Marketing Corporation Corte Suprema de California y San
Francisco. MENGLER demanda a NIMC y quien resultare ser el propietario,
por desconocer el nombre del mismo. El actor MENGLER se presenta
por si mismo y por cualquier otra persona que se encuentre en la
misma situación. Invoca que la publicidad vía e mail de NIMC viola
la ley, ya que no contienen los caracteres ADV en la primer línea
del texto, no tiene dirección a la cual responder el mail y tiene
caracteres para enmascarar la identidad del remitente. La violación
de las normas por parte de la demandada constituyen negligencia
de por sí. Los daños de la actora son de $ 500 por cada transmisión.
Argumentos de la demanda son: Los actores poseen computadoras propias
con conexión a Internet, a partir del 22 de septiembre de 1999 la
demandada tomo posesión de el procesador de la computadora, los
discos rígidos, la memoria ram y la cuanta de correo electrónico
al enviar correo comercial no solicitado. La posesión de la computadora
de los actores por parte de los demandados duraba durante todo el
tiempo que se requería para bajar los correos electrónicos publicitarios
no solicitados, ya que durante ese proceso las computadoras de los
actores no pueden enviar ni recibir otros e mails. Esto puede provocar
un daño irreparable a los demandantes. Las transmisiones de email
por parte de la demandada son ilegales en virtud de la ley de California.
Ya que no contienen la leyenda ADV.
US. News & World Report
Inc . vs . Ram Avrahami Corte de Circuito de Arlington County. División
Civil. Estado de VIRGINIA. Octubre de 1995. Esta demanda iniciada
por US News, busca solamente la declaración por parte de la Corte
de que la venta, alquiler o permuta de las listas de mail en las
que se encuentra el demandado,no es violatoria de la ley ni apropiación
del nombre que de derecho a reclamar bajo el Código de Virginia
o el Derecho Común. Esta declaración es buscada por la parte actora,
atento que existe un juicio pendiente de resolución autos "Ram Avrahami
vs. US News & World Report inc" en trámite por ante la Corte General
de Distrito de Arlington County, División Civil. La venta o alquiler
de listas de correo es común en el Estado de Virginia y en general
en todos los Estados de Norteamérica. No hay una ley que directamente
prohíba la venta, alquiler o permuta de listas de correo. Pero existe
un procedimiento en virtud del cual los consumidores pueden elegir
que no se les envíe publicidad por correo electrónico. El MPS -
Mail Preference Service- establecido por la Direct Marketing Association
-DMA- es un servicio gratuito que permite a los consumidores inscribirse
en una lista manifestando su voluntad de no recibir correos electrónicos
comerciales (Opt out). Las empresas que envían publicidad por correo
electrónico, deben comparar sus listas con la lista del MPS y evitar
enviar los mails a las personas inscriptas en la misma. El Sr. Ram
Avrahami no se encontraba inscripto en la lista MPS. En diciembre
de 1994, US News recibe una lista de correo de Consumer Union por
un convenio entre ambos con 92.500 direcciones de correo electrónico,
en conexión con una campaña publicitaria por correo electrónico
para solicitar la inscripción a la revista US News and World Report.
Además de adquirir esta lista, la actora utiliza otras cincuenta
y cinco listas de correo. Antes de iniciar la campaña US News compara
sus listados con los listados de MPS y con sus propios listados
de gente que había ejercido la opción opt out. Como resultado de
la comparación eliminó casi el diez por ciento del total recibido
de Consumers Unión. El Sr. Avrahami no fue eliminado porque no había
hecho petición alguna. El 15 de febrero de 1995 Avrahami recibe
un mail promocional de US News que incluye la oferta a suscribirse
a la nueva revista. El 10 de marzo el demandado acepta la oferta
y envía un cheque a US News pagando la suscripción. El 24 de marzo
la revista Smithsonian Magazine ordena un listado de mails de 100.000
direcciones de USNews para realizar un acuerdo de permuta con la
actora. El 12 de abril USNews le entrega el listado a Smithsonian
Magazine, incluyendo la dirección de correo electrónico de Avrahami.
El 22 de mayo Avrahami recibe la promoción de Smithsonian Magazine
y concluye que su dirección fue obtenida de la lista de correo de
la actora, motivo por el cual el 21 de agosto de 1995 inicia juicio
contra US News alegando que rentar las listas de correo electrónico
es violatorio de la ley en el Estado de Virginia. La Corte declara
que la ley de Virginia no intenta evitar la venta, alquiler o permuta
de listas de emails. El estatuto de privacidad busca proteger a
los individuos cuyos nombres e intereses son publicados sin su consentimiento.
Pero el mero hecho de vender o comerciar una lista de emails, no
es en sí mismo violatorio de ninguna ley de este estado, por tanto
no da lugar a la acción por invasión de la privacidad. En consecuencia,
establece que la inclusión del nombre y dirección de correo electrónico
del Sr. Avrahami en un listado de emails no implica apropiación
indebida que otorgue derechos para demandar en las Cortes de Virginia.
Finalmente establece que con relación al caso pendiente de Ram Avrahami
vs. US News, esta sentencia surtirá efecto de cosa juzgada.
Mark Ferguson vs.
Friendfinders Inc. Corte de Apelaciones California, primer distrito
de apelaciones. En apelación del fallo de la Corte Superior de San
Francisco. Mayo de 2001 Mark Ferguson inicia esta acción en nombre
propio y alegando representación de toda persona que se encuentre
en su misma situación, es decir a toda clase de consumidores que
reciben correo no solicitado de la empresa demandada. En Julio de
1999 Friendfinders Inc comienza a enviar correo no solicitado al
actor en violación a la ley de California. El actor alega daños
a su computadora, además de otras violaciones cometidas por el demandado,
como incluir falsa identidad en las direcciones de correo electrónico
del remitente y no constar en los mensajes la opción de remover
su dirección de la lista de mails (opt out), conteniendo también
falsa información en la línea de motivo del mensaje. Este caso llega
en grado de apelación a la Corte de Apelaciones de California, ya
que el fallo de la Corte Superior de Apelaciones de San Francisco,
rechaza la pretensión del actor, sosteniendo que la Legislatura
de California no tiene autoridad para regular ningún aspecto de
Internet ya que la regulación de la red de redes es de exclusivo
dominio del Congreso, en virtud de la cláusula alusiva al comercio
de la Constitución Federal (que establece que el Congreso Federal
tiene exclusiva autoridad para regular el comercio interestatal
y extranjero). En consecuencia, declara que no es de aplicación
la ley antispam, en cuyas normas se ampara el actor, por resultar
inconstitucional. La Corte de Apelaciones de California sostuvo
que el hecho de que una norma estatal afecte el comercio interestatal
no la hace invalida. La cuestionada ley de California no está destinada
a regular conductas fuera de los límites de California, sino que
sólo exige la incorporación de los caracteres ADV o ADV.ADULT en
la línea destinada a contenido en el mensaje de correo electrónico
enviado a residentes de California. Los otros requisitos legales,
como incluir información sobre la identidad del anunciante, están
también implícitos en el Código de Negocios y Profesiones de California.
La Corte sostiene asimismo que el Congreso de los Estados Unidos
ha tenido muchas oportunidades de regular el Spam, pero ha fallado
hasta ahora. Se consideraron varios proyectos, pero el Congreso
Federal es lento para responder a los avances tecnológicos. En ausencia
de una regulación Federal, la legislatura de California, a efectos
de proteger a los residentes del Estado, ha legislado en materia
de spam. En mérito a estas argumentaciones, la Corte de Apelaciones
de California revierte el fallo de la Corte de San Francisco, condenando
a los demandados al pago de las indemnizaciones reclamadas y costas.
Casos iniciados
por los Estados.
Washington vs. Jason
Heckel (natural instincts) Corte Superior del Estado de Washington.
Kings County. Es la primer acción iniciada por el Estado de Washington
alegando violación al Acta de Correo Electrónico No solicitado.
La división de defensa del consumidor del Estado de Washington,
basándose en el Acta de correo electrónico no solicitado, inicia
acciones legales contra un residente de Oregon, Jason Heckel, cuyo
accionar a través de su comercio electrónico bajo el nombre "NATURAL
INSTINCTS" desde 1996 resulta violatoria de esa norma al enviar
spam a direcciones de todo el mundo incluyendo la de residentes
del estado de Washington. Heckel ofrecía en sus correos un paquete
de productos. Aparentemente esta firma estaba vendiendo entre 30
a 50 paquetes por semana por esta vía. Washington alegó que el demandado
estaba utilizando un software denominado ESTRACTOR PRO que le permitía
enviar entre 100.000 a 1.000.000 de mensajes por semana. Este gran
volumen de mails aparentemente causaba que los ISP de Heckel cancelaran
los contratos con él. La conducta de Heckel violaba cada aspecto
del acta, incluyendo el hecho de usar como descripción del "asunto"
del mensaje líneas que no tenían relación con el contenido del mismo
tales como: "como hacer dinero real en la autopista de la información".
Alteraba los encabezados y usabas falsas direcciones de remitente.
Washington pidió daños punitivos contra el demandado por la suma
de 2000 U$S por cada mail enviado a residentes del Estado. A la
fecha de realizar el presente informe no se tienen noticias sobre
la respuesta formal de la demanda
ANÁLISIS DE LA
JURISPRUDENCIA CITADA
Como hemos visto,
muchos de los Estados de Norteamérica han legislado sobre el spam,
y esto ha generado la existencia de casos judiciales apoyados en
la normativa vigente. Del análisis de la jurisprudencia hallada,
podemos extraer las siguientes conclusiones generales: · Los distintos
tribunales estatales se declararon competentes para entender en
el análisis del litigio cuando el domicilio del usuario que recibió
el correo comercial no solicitado, se encontraba en su jurisdicción
o bien cuando el domicilio legal del ISP se hallaba en su jurisdicción
o cuando el ISP tenía suscriptores o usuarios que recibían el correo
no solicitado en la jurisdicción del Tribunal. · Los litigios mencionados
tuvieron lugar frente a las Cortes de Distrito en materia civil
de los Estados pertinentes y algunos de ellos en las Cortes de Menor
Cuantía. En todos los casos las Cortes han manifestado que la prohibición
de enviar correo no solicitado, o el bloqueo del spam por parte
de los Servidores de Internet o de correo electrónico, no constituye
violación a la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados
Unidos ni de las constituciones estatales, teniendo en cuenta que
los spammers tienen otras vías para hacer llegar sus mensajes publicitarios
(como ser la publicidad a través de la World Wide Web, televisión,
u otros medios de comunicación masivos. ) · En casi todos los casos,
han declarado que el correo comercial no solicitado viola la privacidad,
y hasta puede llegar a configurar un acceso o entrada ilegal en
la computadora del usuario que lo recibe y, como así también en
las redes de los ISP que reciben y transmiten. · La argumentación
técnica que han asumido los Juzgadores en la mayor parte de los
casos para condenar a los spammers al pago de indemnizaciones o
para prohibirles el envío de correo electrónico no solicitado a
usuarios, ha sido que el envío de un correo electrónico controla
parte de la computadora desde que ingresa hasta que es eliminado
de la misma mediante la papelera de reciclaje. El spam priva al
usuario final de usar el sistema de correo mientras se produce la
bajada del mail (download). Además del tiempo que se pierde, también
se considera los costos de conexión a cargo del usuario final, quien
debe pagar los minutos de tarifa telefónica y de servicio de Internet
que lleva el proceso de bajada del correo. Cuando un correo electrónico
entra en una computadora desde el servidor de correo, la información
que representa queda impresa en la computadora del usuario. Al borrar
ese correo, quedan agujeros en el sistema que se llama fragmentación.
Esta fragmentación causa daños físicos al sistema, haciendo lento
al procesador. Aun cuando se haga correr el programa de desframentación,
se causa un esfuerzo y desgaste del disco rígido. Por lo tanto el
correo electrónico no solicitado causa daños físicos en la propiedad
personal del usuario. (Mark Ferguson vs. Friendfinders Inc. Corte
de Apelaciones del Estado de California). Este argumento se ha sostenido
también en el caso de los ISP por cuyos sistemas circulan los correos
no solicitados, donde el acceso ilegal es superior al del usuario
final. · Dos Cortes Superiores de California han afirmado que el
correo no solicitado es acceso ilegal ."En igual sentido la Corte
de Ohio . Las acciones por violación a las leyes antispam están
en muchos casos relacionadas con otras acciones antijurídicas como:
a) con la "dilución de la marca" - "Motorola Inc. vs. Paging America
y Otros" de la Corte de Distrito de Illinois, "Matthew Seidl vs.
Greentree Mortgage Company" de la Corte de Distrito de Colorado-
b) con la practica del spoofing , que constituye un ataque activo
a las redes, c) con otros delitos informáticos contemplados en la
legislación estatal de Estados Unidos y en el Acta Federal de Fraude
Informático. · Si bien en algunos juicios, los sentenciantes sólo
han prohibido a los spammers que envíen correos comerciales no solicitados
a los usuarios de determinados ISP o bien a usuarios específicos
demandantes (provisoria o definitivamente), en otros casos han condenado
a los spammers a abonar elevadas sumas de dinero en concepto de
daños resarcitorios y de daños punitivos. · Los juicios planteados
ante las Cortes de menor cuantía fueron efectivos y rápidos, posibilitando
el cobro de las indemnizaciones en tiempos no superiores a tres
meses. · En la mayoría de los casos, los demandantes reclaman, en
primer lugar medidas precautorias que impidan a los spammers continuar
con el envío de correo electrónico no solicitado a sus redes o usuarios,
o bien la practica del spoofing.
Propuesta Legislativa
Analizada la situación
actual en los Estados Unidos y en la Unión Europea, no contando
nuestro país con legislación que trate el problema del Spam, la
Comisión ha concluido que deberá legislarse el correo electrónico
comercial no solicitado, en base a las siguientes pautas: ¨ Resulta
necesario definir en forma precisa el denominado spam, especificando
los siguientes conceptos: correo electrónico, correo electrónico
comercial, correo electrónico no solicitado. ¨ Establecer las causales
en que el correo electrónico comercial no solicitado seria considerado
ilegal, a saber: § Utilizar el nombre de un tercero en el remitente
sin autorización. § Falsear o no incluir cualquier información sobre
el punto de origen o transmisión del mensaje. § No proveer un mecanismo
que posibilite que el receptor pueda eliminarse fácilmente y sin
costo alguno, de manera que quede excluido de futuros mailings.
§ Insistir en el envió del correo electrónico comercial no solicitado
luego de haber recibido el pedido de exclusión. § Contener información
falsa en la línea de asunto, que no coincida con el contenido del
mensaje. § No identificar en la línea de asunto que se trata de
un mensaje publicitario § No identificar en la línea del asunto
que el mensaje contiene información prohibida para menores de 18
años. § Violar las políticas establecidas para el uso del correo
electrónico por los ISP o servidores de correo de web. § No incluir
datos que permitan la identificación de quien envía el mensaje.
¨ Es necesario establecer en qué casos el correo electrónico comercial
no solicitado no sería ilegal. ¨ Se deberán incluir las consecuencias
jurídicas (sanciones civiles) a las que dará lugar el envío de correo
electrónico comercial no solicitado ilegal. ¨ Se deberá establecer
que los proveedores de servicios de Internet y/o correo electrónico,
como asimismo los usuarios finales, serían los legitimados activos
para iniciar las acciones correspondientes. ¨ Se debe tener en cuenta
la eximición de responsabilidad de los proveedores de servicios
de Internet y/o correo electrónico al bloquear el servicio de quien
envía correo electrónico comercial no solicitado ilegal. ¨ Se debe
considerar la inclusión de un organismo de control - Secretaría
de Comunicaciones- a fin de receptar las denuncias de los usuarios
frente a un correo electrónico comercial no solicitado ilegal, como
asimismo la creación de una lista de usuarios que no deseen recibir
correo electrónico comercial. ¨ Establecer la obligación por parte
de quienes realicen publicidad mediante correo electrónico, de verificar
previo al envío de dicho correo, que el receptor no se encuentre
incluido en la lista citada precedentemente, bajo apercibimiento
de considerar su correo ilegal. Realizado este análisis, hemos arribado
a la conclusión de que resulta necesario incorporar a la legislación
Argentina la regulación del correo electrónico masivo comercial
no solicitado. Comisión de correo electrónico, Buenos aires 27 de
agosto de 2001
Dres. Gabriela Guerriero,
Mario F. Maio, Beatriz Miranda, Inda Nora Paterlini, Carolina P.
Vega, Mercedes Velázquez