RESOLUCIÓN
176/ 2002
De
Jefatura de Gabinete de Ministros
VISTO el Expediente N°
1355/02 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
la Ley N° 25.506, y los Decretos
Números 427 del 16 de abril de 1998, 333 del 19 de febrero
de 1985 y modificatorios, 759 del 2 de febrero de 1966 y 78 del 10
de enero de 2002,
y CONSIDERANDO:
Que la citada Ley N° 25.506
reconoce el empleo de la firma electrónica y de la firma digital y
su
eficacia jurídica.
Que el Decreto N° 427/98
autoriza el empleo de la firma digital en la instrumentación de los
actos
internos del Sector Público Nacional, otorgándole similar valor que
el de la firma manuscrita y
estableciendo una alternativa a las previsiones pertinentes del Decreto
N° 333/85 -Normas para
la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos
y documentación administrativa- respecto de tales actos.
Que por el Decreto N°
759/66 se aprobó el Reglamento para Mesas de Entradas, Salidas y Archivo
de cumplimiento obligatorio en el ámbito de la Administración Pública
Nacional, facultando a los
organismos a adecuar dicho reglamento.
Que para proceder al empleo
de la firma digital en
el registro, tramitación y despacho de documentación en los términos
precedentemente aludidos
en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE
MINISTROS, corresponde habilitar un Sistema de Tramitación Electrónica
para la recepción,
emisión y archivo de documentación en formato digital firmado digitalmente
en la delegación
del servicio de Mesa de Entradas y Despacho de la Jurisdicción, operante
en dicha Subsecretaría.
Que en tal sentido, por
Decreto N° 78/02 y normas complementarias, se asignó a la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA, a través de la DIRECCION
DE MESA DE ENTRADAS
Y DESPACHO, entre otros objetivos el de administrar el despacho y
registro de la documentación administrativa, habiéndose establecido
una Delegación de la misma en la SUBSECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA, atento al elevado volumen y características de la
documentación que tramita
dicha área, en función de las competencias específicas asignadas.
Que consecuentemente, el
sistema electrónico mencionado funcionará en el DEPARTAMENTO
DELEGACION DE MESA DE ENTRADAS Y DESPACHO de la SUBSECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para la tramitación de actuaciones
específicas que
determine dicha Subsecretaría.
Que la presente se dicta
en virtud de lo dispuesto por el punto 30 del Capítulo VIII -Disposiciones
Generales- del Decreto N° 759/66 y el Decreto N° 78/02.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE:
ARTICULO 1° - Habilítase
el Sistema de Tramitación Electrónica para la Recepción, Emisión y
Archivo de Documentación en formato digital firmada digitalmente,
el que funcionará en el DEPARTAMENTO DELEGACION DE MESA DE ENTRADAS
Y DESPACHO de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTICULO 2° - Apruébase
la "Política de Operación del Sistema de Tramitación Electrónica del
DEPARTAMENTO DELEGACION DE MESA DE ENTRADAS Y DESPACHO de la SUBSECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA", que obra como Anexo I a la presente Resolución.
ARTICULO 3° - A los efectos
de implementar la presente se admitirán los certificados digitales
emitidos por las siguientes autoridades certificantes:
a) Autoridad Certificante de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE
INFORMACION de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
b) Autoridad Certificante del MINISTERIO DE ECONOMIA.
c) Otras Autoridades Certificantes Licenciadas.
ARTICULO 4° - La SUBSECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS habilitará
paulatinamente los distintos trámites en los que interviene en razón
de sus competencias, que podrán ser realizados conforme a lo dispuesto
por la presente.
ARTICULO 5° - Autorízase
a la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS a actualizar los contenidos del Anexo I de la presente
a fin de evitar su obsolescencia.
ARTICULO 6° - Regístrese,
comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro
Oficial y archívese. - Cdor. JORGE M. CAPITANICH, Jefe de Gabinete
de Ministros.
ANEXO I
Política de Operación del
Sistema de Tramitación Electrónica del DEPARTAMENTO DELEGACION DE
MESA DE ENTRADAS Y DESPACHO Introducción El Sistema de Tramitación
Electrónica aprobado por la presente, tiene como objeto disponer un
punto de entrada y salida de documentación interna de la Administración
Pública Nacional tramitada en formato electrónico, en la SUBSECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Este Sistema permite la recepción, emisión y archivo de documentos
vía correo electrónico confeccionando los correspondientes comprobantes
de recepción fechados y firmados.
En caso de ser organizaciones públicas deberán utilizarse cuentas
de correo institucional (dominio.gov.ar). Política de funcionamiento
·
El Sistema sólo procesará documentos digitales firmados digitalmente.
Cualquier otro documento recibido será descartado sin generar intervención
ninguna. ·
El remitente deberá obtener su certificado de firma digital ante alguna
de las autoridades consignadas en el artículo 3° de la presente resolución.
La información para determinar los certificados digitales considerados
válidos para operar con el Sistema de Tramitación Electrónico del
DEPARTAMENTO DELEGACION DE MESA DE ENTRADAS Y DESPACHO se encuentran
publicados en http://www.sgp.gov.ar/mede/certificados.html.
El Sistema expide exclusivamente documentos digitales firmados digitalmente,
no debiendo considerarse válido ningún otro tipo de documento digital
emitido a su nombre.
El Sistema emite al remitente, un comprobante de recepción fechado
y firmado (vía correo electrónico institucional) por cada documento
recibido.
El organismo remitente deberá considerar entregado un documento, sólo
cuando obtiene el correspondiente acuse de recibo por parte del' Sistema
de Tramitación Electrónica del DEPARTAMENTO DELEGACION DE MESA DE
ENTRADAS Y DESPACHO.
El horario de operación es de lunes a domingo, durante las VEINTICUATRO
(24) horas. No obstante, para aquellos trámites en los cuales exista
un plazo prefijado de tiempo para su resolución, sí la recepción fuera
realizada fuera del horario de atención del DEPARTAMENTO DELEGACION
DE MESA DE ENTRADAS Y DESPACHO de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dicho plazo comenzará a regir
a partir de las NUEVE (9) horasdel primer día hábil posterior a la
recepción por parte del Sistema.
El Sistema de Tramitación Electrónica del DEPARTAMENTO DELEGACION
DE MESA DE ENTRADAS Y DESPACHO opera además como sistema de archivo,
guardando registro de toda la documentación entrante y saliente. Aquellos
organismos que necesiten copia de alguno de estos documentos, en formato
digital o copia en papel certificada, podrán solicitarlo al DEPARTAMENTO
DELEGACION DE MESA DE ENTRADAS Y DESPACHO de la SUBSECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Para simplificar la operatoria de los organismos que reciban documentos
digitales firmados digitalmente a través del Sistema que se aprueba
por la presente, el DEPARTAMENTO DELEGACION DE MESA DE ENTRADAS Y
DESPACHO de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, pone a disposición
de los mismos, recopilaciones periódicas en soporte óptico o magnético
de todos los documentos que te fueran remitidos.